Reglamento General

CAPITULO XII.
DE LAS RESPONSABILIDADES Y SANCIONES

Art.190 Los miembros de la Universidad Cuauhtémoc son responsables de cumplir el presente reglamento.

Art.191 El Rector del Sistema es responsable ante el Patronato Universitario.

Art.192 Los Rectores de Plantel serán responsables ante el Rector del Sistema.

Art.193 Los Vicerrectores serán responsables ante el Rector del Plantel.

Art.194 Los Directores de Escuelas y Facultades son responsables ante el Rector del Plantel, en caso de no existir este en el organigrama del plantel reportará al Vicerrector del área correspondiente.

Los Coordinadores de Escuelas y Facultades serán responsables ante el Director de su área y en caso de no haber este reportará al inmediato superior.

Art.195 Los Profesores y Alumnos son responsables ante sus Directores y ante su Rector de Plantel.

Art.196 Son causas graves de responsabilidad aplicables a todos los miembros de la Universidad:

a) La realización de actos que tiendan a debilitar los principios básicos de la Universidad y que se establecen en La Filosofía Institucional y Reglamento.

b) La realización de actividades de índole político que persigan un interés personalista.

c) La hostilidad por razones de ideología o personales, que se manifiesten en actos concretos contra cualquier miembro de la Universidad.

d) La utilización de las instalaciones universitarias para fines distintos a los que están destinadas.

e) Acudir a la Universidad en estado de ebriedad o bajo el efecto de algún estupefaciente, psicotrópico o inhalante; proporcionando o comercializando cualquiera de estos en las instalaciones universitarias.

f) Ingerir alcohol en cualquier de sus presentaciones, consumir drogas estupefacientes, psicotrópicos, o inhalarlos así mismo como comercializarlos dentro de los 150 mts. A la redonda del plantel o de sus instalaciones.

g) Portar armas de cualquier tipo en las instalaciones universitarias.

Art. 197 Los Profesores serán responsables:

a) Por el incumplimiento de sus obligaciones laborales contraídas con la Universidad.

b) Por incumplimiento a lo establecido en sus funciones, o bien, a lo establecido en este reglamento.

c) Que incurran en la realización de sus funciones docentes en actos de cohecho con los alumnos, o cualquier otro miembro de la Universidad.

Art.198 Los alumnos serán responsables:

a) Por participar en desórdenes dentro de la Universidad.

b) Por faltar al respeto a los profesores o cualquier otro miembro de la Universidad.

c) Por prestar o recibir ayuda fraudulenta en actividades de valuación o de aprovechamiento académico.

d) Por maltratar mobiliario, equipo, e inmueble de la Universidad.

e) Por falsificar cualquier tipo de documentación escolar.

f) Por falsear los hechos y actividades relativas a el cumplimiento de su Servicio Social.

g) Por utilizar cualquier tipo de documentación escolar falsificada.

h) Por participar en actos de cohecho en actividades propias de su calidad de alumnos.

i) Por incumplimiento a lo establecido en este reglamento.

Art.199 Las sanciones que se impondrán a los Profesores serán:

a) Amonestación por escrito.

b) Suspensión.

c) Destitución.

Art.200 Las sanciones que se impondrán a los Alumnos serán:

a) Amonestación por escrito

b) Cancelación de acreditación de materias.

c) Suspensión Temporal

d) Expulsión definitiva de la Universidad.

Art.201 Las responsabilidades no consideradas en este reglamento serán determinadas y sancionadas según el caso por el Consejo Técnico de la Universidad.

Art.202 Las responsabilidades no consideradas en este reglamento serán determinadas y sancionadas según el caso por el Consejo Técnico de la Universidad.


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